La norma aclaró que el personal que adhiera al retiro voluntario "puede optar por mantener la cobertura médica asistencial que presta la obra social a la que actualmente se encuentre afiliado" en caso de que así lo habilite la AFIP.
La norma alcanza al grueso del personal de la administración pública nacional, incluidos todos los Ministerios, salvo algunas áreas de gestión, las Fuerzas Armadas y las fuerzas federales de Seguridad