La Provincia pagará sueldos a docentes y auxiliares suplentes que no pudieron tomar horas
El gobernador bonaerense Axel kicillof anunció hoy que pagará una remuneración a los maestros y auxiliares suplentes de la provincia de Buenos Aires que no pudieron tomar horas debido a la suspensión de clases por la pandemia de coronavirus.
Kicillof formuló el anuncio durante una recorrida que realizó esta noche por el distrito de Tres de Febrero, donde aseguró que “hoy no hay clases y no tienen las chances de trabajar, pero entendemos que el sistema educativo los incluye y son parte”.
Según informó el gobierno provincial, se trata de un programa de incorporación especial de docentes y auxiliares suplentes en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia de coronavirus.
Fuentes del Poder Ejecutivo bonaerense precisaron a Télam que están en condiciones de incorporarse unos 23 mil maestros y auxiliares, más unos 4.400 docentes del Plan Fines que en 2019 se desempeñaron como suplentes pero que este año no llegaron a tomar cargo público debido a la cuarentena.
El programa, que se implementará en abril y podrá ser prorrogado, establece que percibirán una retribución salarial neta que equivale a ocho horas semanales para docentes y 15 horas semanales para auxiliares, más la antigüedad que corresponda y contarán con cobertura de la obra social IOMA y aportes jubilatorios.
La fuente detalló que la remuneración “rondará los 10.500 pesos” de bolsillo y que la inscripción se realiza a través del sitio oficial de la Dirección General de Cultura y Educacion (www.abc.gob.ar) hasta el próximo lunes 13 de abril.
Podrán inscribirse quienes hayan desempeñado suplencias en el ciclo lectivo 2019, al menos en tres meses diferentes, continuos o alternados; o haber acumulado 30 días de suplencias en menos de tres meses.
También deben estar inscriptos en los Listados Oficiales de 2019 y del año en curso y poseer domicilio en la provincia de Buenos Aires.
Además, para acceder al programa no deberán poseer cargos titulares, provisionales y/o suplencias activas a marzo de 2020; ni encontrarse en relación de dependencia con empleadores estatales y/o privados.
Tampoco recibir beneficios jubilatorios de las diferentes cajas previsionales ni el Ingreso Familiar de Emergencia creado por Decreto 310/2020, u otros programas equivalentes, cualquiera fuera su jurisdicción, así como también los que se crearan en el futuro, en el marco de la emergencia sanitaria.
En el caso que pertenezcan a la población considerada de riesgo podrán desempeñar las tareas desde sus hogares.