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Nueva moratoria AFIP 2024: facilidades para Monotributistas y PYMES para regularizar deudas

Nueva moratoria AFIP 2024: facilidades para Monotributistas y PYMES para regularizar deudas
La AFIP reglamenta una nueva moratoria que permite regularizar deudas aduaneras, impositivas y de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024, con hasta 84 cuotas y condonación de multas e intereses. Los beneficios son amplios para monotributistas, micro y pequeñas empresas, y entidades sin fines de lucro.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha anunciado una nueva moratoria mediante la Resolución N° 320/2024, destinada a facilitar la regularización de deudas aduaneras, impositivas y de la seguridad social vencidas al 31 de marzo de 2024. Este plan de regularización incluye hasta 84 cuotas y condonación total de multas e intereses, ofreciendo importantes facilidades para monotributistas, micro y pequeñas empresas, así como entidades sin fines de lucro.


Los contribuyentes podrán confeccionar su plan de pagos hasta el 13 de diciembre de 2024. La moratoria, incluida en la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”, abarca una amplia gama de deudas, incluidas las en discusión administrativa o judicial y las prescriptas, así como obligaciones derivadas del Impuesto sobre las Grandes Fortunas y deudas de agentes de retención y percepción.


Tipos de deuda y planes de pago



  • Tipos de deuda: Los contribuyentes pueden incluir en el plan de regularización obligaciones en discusión administrativa, causas en trámite judicial, prescriptas, el Impuesto sobre las Grandes Fortunas y deudas de retención y percepción.

  • Planes de pago: Los planes están agrupados en dos tipos:

    • Planes de hasta tres cuotas mensuales: Ofrecen una condonación de intereses que varía entre el 70% y el 50%, dependiendo del momento de adhesión. La tasa de interés de financiación se define en función del carácter del contribuyente.

    • Planes de mayor plazo: Las micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y monotributistas pueden acceder a hasta 84 cuotas con un porcentaje de pago a cuenta reducido al 15%. Otros contribuyentes pueden optar por hasta 60 cuotas con un pago a cuenta del 20%.




Condonación de intereses según el momento de solicitud:



  • Primeros 30 días corridos de vigencia: 70% de condonación

  • Días 31 a 60 corridos de vigencia: 60% de condonación

  • Días 61 a 90 corridos de vigencia: 50% de condonación

  • Dentro de los días 90 corridos: 40% de condonación

  • A partir del día 91 corridos de vigencia: 20% de condonación


Beneficios adicionales y requisitos


El régimen incluye la suspensión de acciones penales tributarias, aduaneras y de seguridad social en curso, así como la reducción del 50% en los honorarios de los representantes del fisco para deudas en discusión. La moratoria excluye ciertos aportes, como los de Obras Sociales y ART.


Para adherir, los contribuyentes deben presentar las declaraciones juradas correspondientes, declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) y poseer un Domicilio Fiscal Electrónico. La solicitud debe realizarse a través del sistema “Mis Facilidades” con clave fiscal, y el importe mínimo de cada cuota es de $2.000.


Caducidad: La caducidad del plan implica la reanudación de la acción penal tributaria o aduanera y el cómputo de la prescripción penal.

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