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Propietarios podrán deducir 10% del Impuesto a las Ganancias por alquiler de vivienda, según nuevo decreto

Propietarios podrán deducir 10% del Impuesto a las Ganancias por alquiler de vivienda, según nuevo decreto
El Gobierno reglamentó que los propietarios podrán deducir un 10% de su declaración anual del Impuesto a las Ganancias por el alquiler de su vivienda, siempre que hayan informado el contrato a la AFIP.

 


El Gobierno ha establecido los requisitos para que los propietarios puedan deducir un 10% de su declaración anual del Impuesto a las Ganancias por el alquiler de su vivienda. Este beneficio se implementó a través del decreto 652 de reglamentación de este gravamen.


Además, los trabajadores podrán sumar este 10% al porcentaje del 40% anual que ya tienen los inquilinos en relación de dependencia. Las deducciones permitidas para los trabajadores incluyen conceptos como cónyuge, hijos, alquileres, créditos hipotecarios, personal de casas particulares, medicina prepaga y gastos escolares.


El Gobierno publicó hoy la reglamentación del Impuesto a las Ganancias y detalló cuánto se podrá deducir en concepto de alquileres y cómo se aplicará la deducción cuando se trate de varios locadores de una misma vivienda.


A partir de ahora, los trabajadores que gocen de ambos beneficios podrán deducir ganancias por el pago de su alquiler hasta un tope anual de 3 millones de pesos. En cuanto a los propietarios, tendrán el beneficio de poder deducir el 10% de su declaración anual de Ganancias si alquilan su vivienda.


"A los efectos de la deducción prevista en el inciso k) del artículo 85 de la ley, en el caso de que la locación involucre a varios locatarios, el importe a deducir por todos estos no podrá superar el 10% del total de las sumas pagadas en concepto de alquiler con destino a casa-habitación, siempre que, si el organismo recaudador así lo prevé, los contratos respectivos se encuentren debidamente registrados", sostiene el decreto 652.


La AFIP estableció además que "si alquilas tu inmueble con destino a casa-habitación, puedes deducir de Ganancias el 10% del monto mensual, sin límite anual". También se aclaró que "puedes aplicar esta deducción aún si optaste por declarar los ingresos por alquileres de inmuebles bajo el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes". El monto de los alquileres percibidos, en función de lo acordado en el contrato de locación respectivo, debe estar respaldado mediante la emisión de una factura o documento equivalente.

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