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Nuevas disposiciones de la AFIP sobre contratos de alquiler y beneficios fiscales

Nuevas disposiciones de la AFIP sobre contratos de alquiler y beneficios fiscales
La AFIP eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles, aunque sigue siendo necesario hacerlo para acceder a los beneficios fiscales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, aunque esta disposición no aplica para aquellos contribuyentes que quieran acceder a los beneficios fiscales.


La medida, que entra en vigencia a partir de la Resolución General 5545/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial, es consecuencia del Decreto 70/2023, que derogó la ley de Alquileres 27.551. Según la nueva normativa, los propietarios ya no están obligados a inscribir sus contratos en el Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles (RELI) para que estos sean válidos.


Sin embargo, la AFIP estableció que los contribuyentes que deseen gozar de los beneficios fiscales contemplados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en impuestos como los Créditos y Débitos en cuentas bancarias, Bienes Personales y Ganancias, deberán registrar sus contratos de alquiler en el RELI antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a la celebración del contrato. El registro debe hacerse a través del sitio web oficial de la AFIP.


Los contratos que ya hayan sido registrados no necesitan volver a inscribirse, a menos que hayan tenido modificaciones o actualizaciones.


Además, en consonancia con esta medida, la AFIP, mediante la Resolución General Nro. 5547/2024, también publicada hoy, dispuso la eliminación de la obligación para los empleados en relación de dependencia de adjuntar, en el servicio SiRADIG, una copia del contrato de alquiler del inmueble destinado a casa habitación para acceder a las deducciones del 40% y del 10% sobre las sumas pagadas por alquiler.


Es importante destacar que la AFIP ha realizado otras derogaciones significativas en los últimos meses, incluyendo la eliminación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y la obligación para productores agropecuarios de presentar cinco declaraciones juradas anuales sobre su cosecha. Asimismo, también derogó el Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la evaluación de la Capacidad Económica Financiera (CEF) para autorizar importaciones, con el objetivo de facilitar el comercio exterior.

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