A partir de la Resolución 267/2024, el Ministerio de Economía estableció que las provincias y municipios no podrán incluir impuestos o tasas locales en las facturas de servicios esenciales como la luz y el gas. La nueva normativa, publicada en el Boletín Oficial, dispone que las facturas deberán contener exclusivamente el detalle del servicio contratado por el consumidor, eliminando cualquier otro cargo ajeno a la naturaleza del servicio.
La medida surge como respuesta a reiteradas denuncias de consumidores que detectaron la presencia de tasas municipales e impuestos provinciales en las facturas de servicios esenciales, lo que generaba un aumento en el monto a pagar por los usuarios. Esta práctica, según la Secretaría de Industria y Comercio, vulnera la Ley de Defensa del Consumidor, que obliga a las empresas a proporcionar información clara y detallada sobre los servicios contratados.
La resolución también especifica que aquellos proveedores que no cumplan con esta normativa serán sancionados según el régimen de penalidades vigente en la Ley N.º 24.240 de Defensa del Consumidor. El incumplimiento podrá derivar en multas y sanciones, según las normativas aplicables.
El Gobierno nacional estableció un plazo de 30 días para que las empresas proveedoras de servicios esenciales se adecuen a esta nueva disposición, garantizando que las facturas sean más transparentes y que no incluyan cargos que no corresponden. De este modo, se busca evitar que los consumidores sean obligados a pagar sumas adicionales que afectan su libertad de elección y trato digno al momento de abonar servicios básicos.
Esta práctica se había vuelto común en diversos municipios de la provincia de Buenos Aires y otras localidades del país, donde se agregaban tasas y contribuciones locales en las facturas de luz y gas. Con la Resolución 267/2024, se pretende corregir estas irregularidades y reforzar los principios de transparencia y simplificación en los procesos de facturación.