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La AFIP reglamentó la prórroga del blanqueo de capitales: nuevos plazos para la primera etapa

La AFIP reglamentó la prórroga del blanqueo de capitales: nuevos plazos para la primera etapa
La AFIP reglamentó la prórroga de un mes para la adhesión a la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos, brindando a los interesados más tiempo para declarar bienes y activos no registrados.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) reglamentó la prórroga por un mes del plazo de adhesión a la primera etapa del Régimen de Regularización de Activos, a través de la Resolución General 5578/2024 publicada este martes en el Boletín Oficial. Con esta medida, los interesados podrán confirmar su adhesión hasta el próximo 31 de octubre, inclusive.


La extensión del plazo había sido dispuesta previamente por el Gobierno mediante el Decreto 864/2024, que buscó brindar una oportunidad adicional para aquellos que desean regularizar sus bienes y activos no registrados al 31 de diciembre de 2023. Desde el organismo liderado por Florencia Misrahi señalaron que "la medida busca facilitar el proceso de declaración voluntaria de bienes y activos no registrados", brindando mayores beneficios a los contribuyentes durante esta primera etapa.


En este sentido, desde la AFIP recordaron que "durante la primera etapa, el régimen permite regularizar bienes sin tope y sin costo para el dinero en efectivo destinado a la compra de títulos públicos, bonos e inversiones de proyectos inmobiliarios, entre otras opciones". De este modo, se busca incentivar la transparencia y la correcta declaración de activos por parte de los contribuyentes.


Cronograma de las etapas del blanqueo de capitales




  • Etapa 1:



    • Plazo para realizar la adhesión y el pago adelantado obligatorio: hasta el 31 de octubre de 2024, inclusive.

    • Vencimiento del plazo para presentar la DDJJ y el pago del impuesto de regularización: hasta el 30 de noviembre de 2024, inclusive.




  • Etapa 2:



    • Plazo para realizar la adhesión y el pago adelantado obligatorio: hasta el 31 de enero de 2025, inclusive.

    • Vencimiento del plazo para presentar la DDJJ y el pago del impuesto de regularización: hasta el 28 de febrero de 2025, inclusive.




  • Etapa 3:



    • Plazo para realizar la adhesión y el pago adelantado obligatorio: hasta el 30 de abril de 2025, inclusive.

    • Vencimiento del plazo para presentar la DDJJ y el pago del impuesto de regularización: hasta el 30 de mayo de 2025, inclusive.




La medida se enmarca en un esfuerzo por parte del Gobierno y la AFIP de ofrecer facilidades para que los contribuyentes regularicen su situación fiscal, con opciones que buscan mejorar la transparencia en el manejo de bienes y activos que hasta ahora no se encontraban registrados oficialmente.

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