La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó este mes los montos mínimos que bancos y billeteras virtuales deben reportar en materia de transferencias, transacciones, saldos y consumos. Este ajuste responde al mecanismo de actualización semestral basado en la inflación acumulada.
El nuevo régimen, vigente desde enero de 2025, busca optimizar los controles tributarios sin afectar directamente a los consumidores. “No modifica las obligaciones fiscales ni genera costos adicionales para los usuarios finales”, explicaron desde el organismo.
Montos mínimos sujetos a reporte
A partir de este año, las entidades financieras deben informar las siguientes operaciones cuando superen los siguientes umbrales:
- $600.000:
- Consumos con tarjetas de débito.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.
- $1.000.000:
- Acreditaciones bancarias totales por mes.
- Depósitos a plazo fijo.
- Extracciones en efectivo dentro y fuera del país.
- $2.000.000:
- Transferencias bancarias o virtuales realizadas desde billeteras virtuales.
Obligaciones de las entidades alcanzadas
Bancos, fintech y plataformas digitales están obligados a informar a ARCA sobre las operaciones que superen estos montos. En el caso de las billeteras virtuales, deben detallar transferencias, ingresos y egresos significativos, algo fundamental considerando el crecimiento exponencial de su uso.
La medida tiene su base en la Resolución General 5512/2024, parte de una estrategia de modernización fiscal que busca garantizar mayor trazabilidad de las operaciones financieras y evitar casos de evasión.
“El volumen de transacciones digitales creció significativamente en el último año, impulsado por la adopción de herramientas tecnológicas”, explicaron desde el organismo. Este tipo de ajustes permite mantener el control del flujo de dinero en un entorno de digitalización creciente.